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Ubicación Física: 343.946 / P893f 2019

Formación judicial en violencia de género : análisis crítico /

Autor: Pozo Pérez, Marta del.
Otros Autores: Ruz, Pablo ( prólogo ) .
Serie: Estudios.
Pié de imprenta: Cizur Menor (Navarra) : Aranzadi, 2019.
Descripción: 177 páginas ; 17 x 24 cm.
ISBN: 9788413098302.
Tema(s):
Contenido: Capítulo I. Concepto de la violencia de género. I. Las agresiones carecen de una motivación concreta. II. La tradicional ausencia de reproche social genera cierta conciencia de impunidad en el agresor. III. La violencia contra la mujer en las relaciones de pareja o expareja siempre se ejerce de forma excesiva. Es estructural y continuada. IV. La violencia física padecida por la mujer siempre genera lesiones psicológicas. V. La víctima e violencia de género experimenta lo que los expertos vienen a denominar una fase de huida que se puede manifestar de dos formas. Capítulo II. Existe la justicia especializada en violencia de género? Mitos y realidades. I. Mitos y realidades acerca de la existencia de justicia especializada en violencia de género. II. Análisis pormenorizado del Plan/Programa Estatal de Formación continua d la Carrera Judicial desde el año 2005 al 2019. Capítulo III. El pacto de Estado contra la violencia de género y la formación en violencia de género en la judicatura. I. introducción: el Pacto d Estado contra la violencia de género. 1. Propuestas de mejora de la respuesta judicial. II. La Ley Orgánica 5/2018, de 28 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial, sobre medidas urgentes en aplicación del Pacto de Estado en materia de violencia de género. 1. Reforma del artículo 307.2 de la LOPJ. 2. Reforma del artículo 310 de la LOPJ. 3. Reforma del artículo 311 de la LOPJ. 4. Reforma del artículo 312 de la LOPJ. 5. Reforma del artículo 329 de la LOPJ. 6. Reforma del artículo 433 de la LOPJ. 7, Críticas y propuestas.
Resumen:

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Tipo de ítem Ubicación actual Colección Signatura Copia número Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Libro - General Libro - General Sede Cra 13
CYP
Colección General 343.946/P893f/2019 (Navegar estantería) Ej. 1 Disponible 64082

Capítulo I. Concepto de la violencia de género. I. Las agresiones carecen de una motivación concreta. II. La tradicional ausencia de reproche social genera cierta conciencia de impunidad en el agresor. III. La violencia contra la mujer en las relaciones de pareja o expareja siempre se ejerce de forma excesiva. Es estructural y continuada. IV. La violencia física padecida por la mujer siempre genera lesiones psicológicas. V. La víctima e violencia de género experimenta lo que los expertos vienen a denominar una fase de huida que se puede manifestar de dos formas. Capítulo II. Existe la justicia especializada en violencia de género? Mitos y realidades. I. Mitos y realidades acerca de la existencia de justicia especializada en violencia de género. II. Análisis pormenorizado del Plan/Programa Estatal de Formación continua d la Carrera Judicial desde el año 2005 al 2019. Capítulo III. El pacto de Estado contra la violencia de género y la formación en violencia de género en la judicatura. I. introducción: el Pacto d Estado contra la violencia de género. 1. Propuestas de mejora de la respuesta judicial. II. La Ley Orgánica 5/2018, de 28 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial, sobre medidas urgentes en aplicación del Pacto de Estado en materia de violencia de género. 1. Reforma del artículo 307.2 de la LOPJ. 2. Reforma del artículo 310 de la LOPJ. 3. Reforma del artículo 311 de la LOPJ. 4. Reforma del artículo 312 de la LOPJ. 5. Reforma del artículo 329 de la LOPJ. 6. Reforma del artículo 433 de la LOPJ. 7, Críticas y propuestas.

Derecho

Tras efectuar un breve análisis acerca del concepto de violencia de género, en sentido amplio, así como del que recoge nuestra Ley Integral en el ámbito de la pareja o ex pareja, que es solo una parte de toda la violencia de género que puede sufrir la mujer por el mero hecho de serlo, plantea que quedando acreditado que esta violencia ejercida contra la mujer por el simple hecho de serlo tiene unos rasgos específicos, concretos y determinados y un origen cierto y diferente del resto de violencias exige que para que pueda ser reconocida como tal por los diversos operadores jurídicos estos deban poseer una rigurosa y sólida formación específica, concreta y determinada en todo lo que significa la desigualdad entre mujeres y hombres, al violencia de género y la perspectiva de género

Es evidente que uno solo puede reconocer categorías e identificarlas cuando le hemos dado herramientas para ello, es decir, cuando ha aprendido sobre ellas. De otro modo sucede que la Judicatura que podemos afirmar, sin miedo a equivocarnos, que no está formada no reconoce el fenómeno, su origen o su motivación quedándose en la anécdota de la agresión física, sin indagar ni darse cuenta de que esta es producto de una situación de control, sumisión y dominación propia del hombre machista, desigualitario y patriarcal.

Por lo tanto, tras demostrar con rigurosos y diversos argumentos que a pesar de lo pretendido por el Legislador no existe una verdadera Justicia especializada en violencia de género, se analizan los Planes de Formación continua Estatal en la materia que han sido ofertados al conjunto de la judicatura en el periodo 2005-2019, es decir, desde la entrada en vigor de la Ley Integral hasta la actualidad.

Para finalizar se realiza un análisis del Pacto de Estado que incluye medidas para el incremento de formación judicial en la materia que estamos analizando y que genera la aprobación de la Ley Orgánica 5/2018, de 28 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, sobre medidas urgentes en aplicación del pacto de estado en materia de violencia de género.

Esta norma jurídica es analizada en detalle artículo por artículo desde una perspectiva eminentemente crítica, como no podía ser de otro modo en un trabajo de investigación de estas características. A lo largo de toda la Monografía se van efectuando propuestas, conclusiones, críticas y recomendaciones para mejorar la formación judicial en materia de igualdad, perspectiva de género y violencia de género. Finalizando con unas reflexiones finales que recogen críticas y propuestas. (Tomado de la fuente)

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