Ubicación Física: 342.03 / B847
Reforma constitucional, Asamblea Constituyente y control judicial : Honduras (2209), Ecuador (2007) y Venezuela (1999) / | |
Autor: | Brewer-Carías, Allan R. |
Serie: | Derecho administrativo ; no.7. |
Pié de imprenta: | Bogotá : Universidad externado de Colombia, 2009. |
Descripción: | 144 páginas. 14 x 21 cm. |
ISBN: | 9789587104363. |
Tema(s): |
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Resumen: | El modelo, que fue utilizado por primera vez en el constitucionalismo contemporáneo de América Latina en Colombia en 1991, ha sido el resultado de contraponer dos principios fundamentales del constitucionalismo moderno: el principio de la “supremacía constitucional” (rigidez constitucional) y el principio de la soberanía popular (manifestación de la voluntad dl pueblo).En el caso inicial colombiano, luego de que la Corte Suprema de Justicia resolvió el dilema, una Asamblea Nacional Constituyente plural pudo resolver la crisis política y sentar las bases de un nuevo constitucionalismo democrático. Ello contrasta con la desviación venezolana, donde una Asamblea Constituyente exclusionista, totalmente controlada por el poder ejecutivo, utilizando mecanismos democráticos en fraude a la propia Constitución, dio un golpe de Estado contra poderes constituidos, y sin resolver la crisis política sentó las bases de un régimen autoritario, lo que ha conducido a la destrucción de la propia democracia. Fue de esta última experiencia de la cual surgió un nuevo modelo que se ha pretendido extender a otros países como Honduras, de ruptura del hilo constitucional supuestamente utilizando instituciones democráticas, el cual, sin embargo, en 2009 fue rechazado por la Corte Suprema de ese país.Los dos trabajos que hacen parte de esta obra se refieren a los procesos de reforma constitucional realizados en forma inconstitucional, tanto en Venezuela en 1999 como en Ecuador en 2007, y al fallido intento de Honduras en 2009, consistentes en la convocatoria por el Presidente de la República de una Asamblea Nacional Constituyente no prevista ni autorizada en la Constitución, luego de realizada una consulta popular (referendo consultivo) sobre el tema, para reformar la Constitución. |
Tipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Copia número | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Libro - General | BIBLIOTECA SEDE LA CARO | Colección General | 342.03 / B847 (Navegar estantería) | Ej. 2 | Disponible | 56895 | |
Libro - General | Sede Cra 13 CYP | Colección General | 342.03 / B847 (Navegar estantería) | Ej. 1 | Disponible | 56894 |
Derecho
El modelo, que fue utilizado por primera vez en el constitucionalismo contemporáneo de América Latina en Colombia en 1991, ha sido el resultado de contraponer dos principios fundamentales del constitucionalismo moderno: el principio de la “supremacía constitucional” (rigidez constitucional) y el principio de la soberanía popular (manifestación de la voluntad dl pueblo).
En el caso inicial colombiano, luego de que la Corte Suprema de Justicia resolvió el dilema, una Asamblea Nacional Constituyente plural pudo resolver la crisis política y sentar las bases de un nuevo constitucionalismo democrático. Ello contrasta con la desviación venezolana, donde una Asamblea Constituyente exclusionista, totalmente controlada por el poder ejecutivo, utilizando mecanismos democráticos en fraude a la propia Constitución, dio un golpe de Estado contra poderes constituidos, y sin resolver la crisis política sentó las bases de un régimen autoritario, lo que ha conducido a la destrucción de la propia democracia. Fue de esta última experiencia de la cual surgió un nuevo modelo que se ha pretendido extender a otros países como Honduras, de ruptura del hilo constitucional supuestamente utilizando instituciones democráticas, el cual, sin embargo, en 2009 fue rechazado por la Corte Suprema de ese país.
Los dos trabajos que hacen parte de esta obra se refieren a los procesos de reforma constitucional realizados en forma inconstitucional, tanto en Venezuela en 1999 como en Ecuador en 2007, y al fallido intento de Honduras en 2009, consistentes en la convocatoria por el Presidente de la República de una Asamblea Nacional Constituyente no prevista ni autorizada en la Constitución, luego de realizada una consulta popular (referendo consultivo) sobre el tema, para reformar la Constitución.
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