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Los juzgados administrativos. ¿Son la solución a la congestión de la jurisdicción? /

Autor: Torres Calderón, Leonardo Arturo.
Descripción: 25 p.
Tema(s):
Resumen: Para solucionar la congestión de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, se crearon 257 juzgados administrativos, que recibirán el 73% de la carga actual de los Tribunales. Por esta razón, los juzgados nacerán congestionados. Solo mediante la aplicación de los principios de economía procesal y la dirección del proceso, podrán lograr que los procesos a su cargo, se tramiten en forma mas rápida que en los Tribunales. Para este efecto, en este estudio, se señalan un conjunto de normas previstas en los Códigos de Procedimiento Civil y Contencioso, cuya aplicación práctica de conformidad con las directrices jurisprudenciales, permiten combatir el ritualismo injustificado y las prácticas dilatorias de los apoderados. En consecuencia competerá a los nuevos jueces administrativos, cambiar la tradicional actitud pasiva y complaciente, para asumir su nuevo rol de director del proceso. Para este efecto, se requerirá la aplicación de las mejores prácticas y de la economía procesal, especialmente en las etapas de admisión de la demanda y de decreto de pruebas. Con este objetivo, deberán preocuparse por: a) Tramitar únicamente los procesos que tengan viabilidad legal, por reunirse cabalmente los presupuestos procesales de: Demanda en forma, competencia del juez y oportunidad de la acción; b) Limitar el decreto y práctica de pruebas a las estrictamente necesarias y conducentes, o sustituyéndolas por las mas expeditas y eficaces; y c) Mediante la comunicación telefónica, lograr la colaboración de las partes, y de los auxiliares de la justicia.
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Derecho

Para solucionar la congestión de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, se crearon 257 juzgados administrativos, que recibirán el 73% de la carga actual de los Tribunales. Por esta razón, los juzgados nacerán congestionados. Solo mediante la aplicación de los principios de economía procesal y la dirección del proceso, podrán lograr que los procesos a su cargo, se tramiten en forma mas rápida que en los Tribunales. Para este efecto, en este estudio, se señalan un conjunto de normas previstas en los Códigos de Procedimiento Civil y Contencioso, cuya aplicación práctica de conformidad con las directrices jurisprudenciales, permiten combatir el ritualismo injustificado y las prácticas dilatorias de los apoderados. En consecuencia competerá a los nuevos jueces administrativos, cambiar la tradicional actitud pasiva y complaciente, para asumir su nuevo rol de director del proceso. Para este efecto, se requerirá la aplicación de las mejores prácticas y de la economía procesal, especialmente en las etapas de admisión de la demanda y de decreto de pruebas. Con este objetivo, deberán preocuparse por: a) Tramitar únicamente los procesos que tengan viabilidad legal, por reunirse cabalmente los presupuestos procesales de: Demanda en forma, competencia del juez y oportunidad de la acción; b) Limitar el decreto y práctica de pruebas a las estrictamente necesarias y conducentes, o sustituyéndolas por las mas expeditas y eficaces; y c) Mediante la comunicación telefónica, lograr la colaboración de las partes, y de los auxiliares de la justicia.

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