De la responsabilidad pos contractual en un contrato de obra pública cuando ocurre un siniestro / | |
Autor: | Sánchez Saavedra, Angi Liset. |
Otros Autores: | Pinilla Malagón, Julián Enrique, ( director ) . |
Pié de imprenta: | Bogotá : Universidad Católica de Colombia, 2017. |
Descripción: | 40 hojas. |
Tema(s): | |
Resumen: | El presente artículo, gira en torno de los riesgos previsibles en el contrato de obra pública, estableciendo su definición, así como su asignación en el marco jurídico vigente, comenzando desde el señalamiento de la diferencia que hay entre riesgos previsibles e imprevisibles hasta llegar a los mecanismos o garantías de cobertura de los riesgos tratados. Todo esto sin dejar a un lado los principios de la contratación estatal, que deben orientar los contratos de este tipo, y las críticas u observaciones que, desde el punto de vista jurídico, pueden hacerse a la forma en que la ley contempla dichos riesgos, y las controversias y vacíos que pueden presentarse en su tipificación, asignación y cuantificación. Lo anterior en aras de minimizar los daños que puede ocasionar el incumplimiento del objeto a contratar que conllevarían inexorablemente al evento de la responsabilidad que es la capacidad existente en todo sujeto activo de derecho para reconocer y aceptar las consecuencias de un hecho realizado libremente. |
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Tipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Copia número | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Tesis Repositorio | Biblioteca Digital Repositorio Institucional | Colección de Monografías y Trabajos de Grado | Ej. 1 | Disponible | R-1580 |
Artículo de Reflexión
Trabajo de grado. Abogado. Universidad Católica de Colombia. Facultad de Derecho. 2017
Derecho
El presente artículo, gira en torno de los riesgos previsibles en el contrato de obra pública, estableciendo su definición, así como su asignación en el marco jurídico vigente, comenzando desde el señalamiento de la diferencia que hay entre riesgos previsibles e imprevisibles hasta llegar a los mecanismos o garantías de cobertura de los riesgos tratados. Todo esto sin dejar a un lado los principios de la contratación estatal, que deben orientar los contratos de este tipo, y las críticas u observaciones que, desde el punto de vista jurídico, pueden hacerse a la forma en que la ley contempla dichos riesgos, y las controversias y vacíos que pueden presentarse en su tipificación, asignación y cuantificación. Lo anterior en aras de minimizar los daños que puede ocasionar el incumplimiento del objeto a contratar que conllevarían inexorablemente al evento de la responsabilidad que es la capacidad existente en todo sujeto activo de derecho para reconocer y aceptar las consecuencias de un hecho realizado libremente.
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